Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Urbanismo publica la instrucción para que las parcelaciones puedan pedir la luz y el agua

Parcelaciones en la zona de Las Quemadas | TONI BLANCO

Alfonso Alba

0

La Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) ha publicado este mismo jueves en su página web la instrucción necesaria para que las parcelaciones puedan pedir los servicios de luz y agua, después de la modificación de la LOUA que aprobó por unanimidad el Parlamento de Andalucía.

Según detalla la propia Gerencia, el objetivo principal de la instrucción es informar a la ciudadanía sobre los trámites a seguir a partir de ahora, “facilitar estos procedimientos tanto a las personas propietarias de viviendas que cumplan las condiciones del nuevo marco nomativo, como a las empresas y compañías relacionadas con los servicios de agua, saneamiento y electricidad, y a los técnicos que participan en el proceso”.

Según el cambio normativo, con esta propuesta se persigue garantizar unas condiciones mínimas de habitabilidad, regular el acceso provisional a servicios básicos (electricidad, abastecimiento de agua y saneamiento) en edificaciones existentes en las parcelaciones para las que no cabía la adopción de medida alguna de protección de la legalidad y restablecimiento del orden jurídico infringido y que constituyeran la vivienda habitual de sus propietarios. Este acceso excepcional y transitorio podría ser autorizado por los municipios, por un plazo máximo de dos años, siempre que tales viviendas se encuentren terminadas y en uso, el acceso a dichos servicios sea viable técnica y económicamente y los mismos reúnan las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad y sostenibilidad.

No obstante, si bien el acceso provisional a los servicios referidos estaba garantizado para las edificaciones aisladas y las situadas en parcelaciones urbanísticas en suelo no urbanizable, el mismo se encontraba dificultado y ralentizado para el supuesto de las edificaciones existentes en los asentamientos urbanísticos para los cuales cuestiones relacionadas con la gestión urbanística impedían que contaran con los servicios básicos con la celeridad que era deseable.

La Proposición de Ley aprobada viene a cubrir esa carencia mediante la adición de un apartado tercero a dicha disposición adicional en el que se permite a los municipios autorizar el acceso provisional a los servicios básicos, en las mismas condiciones e idéntico plazo que para el contemplado en los dos supuestos referidos con anterioridad en los asentamientos urbanísticos que hayan sido incorporados a la ordenación urbanística del municipio y cuenten con la ordenación detallada aprobada en el momento de la autorización.

Etiquetas
stats