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Orange gana un pleito al Ayuntamiento y puede anular toda la ordenanza sobre telefonía

Dos jóvenes usan teléfonos móviles.

Alfonso Alba

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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número dos de Córdoba dictó una sentencia el pasado 9 de junio en la que le dio la razón a Orange en un pleito que inició contra el Ayuntamiento de Córdoba. La sentencia puede dar al traste con toda la ordenanza municipal que cobra a las empresas de telefonía e internet por el uso del dominio público. Solo a Orange, ya ha que devolverle cerca de 10.000 euros, aunque la cifra podría superar los 100.000 euros sobre lo ya cobrado.

Según consta en la sentencia del juzgado, que no es firme y que puede ser recurrida por el Ayuntamiento, la demanda de la compañía telefónica que pretende anular, por ilegal, “la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público” en la que se regula el pago de un porcentaje por el uso del subsuelo para la instalación de cableado para las comunicaciones de telefonía fija e Internet.

La posición de Orange, a quien le ha dado la razón el Juzgado, es que la tasa contraviene las normas del derecho europeo en materia de telecomunicaciones y que, dado que el titular de la red de líneas es Telefónica (Orange y otras compañías solo la utilizan, pero no son titulares de la infraestructura), es a ellos a los que les corresponde pagar. Por su parte, la postura del letrado municipal, expresada en la vista oral, es que, ya que aluden al derecho europeo, lleven esta cuestión al tribunal de la UE y que, además, la aplicación de la ordenanza refleja fielmente el artículo 24 de la ley de Haciendas Locales en la que se contempla el pago de la tasa tanto para los titulares de la infraestructura como para aquellos que hagan uso de ella con fines comerciales.

Según la normativa, las operadoras deben abonar un 1,5% de sus beneficios a los ayuntamientos por el uso del dominio público. En el caso de este contencioso, Orange reclama la liquidación de esta tasa en el segundo trimestre de 2014 -unos 10.000 euros-, pero con vistas a que con la resolución se anule la ordenanza y, con ella, se le devuelvan las cantidades cobradas de ahí en adelante, lo que daría un montante de unos 100.000 euros para la compañía. Caso de prosperar la reclamación y de que anulase la tasa, el Ayuntamiento se vería obligado, como ya ocurrió con la telefonía móvil tras un sentencia del Supremo, a devolver los ingresos cobrados a todas las compañías, cuyo valor es de unos 300.000 euros anuales.

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