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Rafael Gómez obtiene la libertad condicional

Rafael Gómez en el Centro de Internamiento el pasado lunes | MADERO CUBERO

Carmen Reina

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El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Córdoba ha concedido la libertad condicional al empresario Rafael Gómez Sánchez, que fue condenado a cinco años y tres meses de prisión y una multa de 112 millones de euros por delitos de fraude contra la Hacienda Pública por no pagar 29 millones de euros.

Gómez ya obtuvo en marzo de 2019 el tercer grado y podía salir de prisión, a donde sólo tenía que volver a dormir desde entonces. Ahora, la concesión de libertad condicional llega con la orden de residir en su domicilio en Córdoba y comunicar al juzgado cualquier cambio de residencia, además de comunicar desplazamientos en el territorio nacional y la obligación de mantener la buena conducta hasta el final de la condena, según reza el auto judicial fechado el 26 de octubre pasado, al que ha tenido acceso este periódico y ha adelantado Abc Córdoba.

Gómez abandonó en marzo de 2019 la prisión tras obtener el tercer grado, acudiendo desde entonces al Centro de Inserción Social ubicado en el polígono de Las Quemadas. Entonces, la concesión del tercer grado se produjo por su salud, su edad, la buena conducta en el centro penitenciario y la garantía de pago de la responsabilidad civil, de manera que el juez consideró que “está preparado para el régimen de semilibertad”. Dicho tercer grado fue rechazado en un primer momento a mediados de 2018 al no cumplir la cuarta parte de la condena.

Condena a 5 años y 3 meses de prisión

La sentencia que le condenó, confirmada por la Audiencia de Córdoba, consideró probado que el empresario cometió dos delitos, ambos en 2006. El primero a través de Arenal 2000, al dejar de ingresar a Hacienda 25,5 millones reduciendo la factura fiscal. El segundo, a través de Arenal 2001, siendo la cantidad defraudada de 3,2 millones y con un método similar.

En la resolución se subraya que “quien realmente tomaba las decisiones y llevaba las riendas del grupo era Gómez, mientras que su esposa e hijos eran meros empleados del entramado empresarial”, estimando que “realmente no tenían conocimiento de la marcha y decisiones de las empresas del grupo, limitándose a firmar los documentos que se le ofrecían”.

Así, aunque el Ministerio Público pidió 40 años de cárcel para Gómez por diez delitos y 19 años y tres meses para sus hijos por otros siete delitos, el juez dejó las penas para el empresario en algo más de cinco años y absolvió a los hijos y la mujer, a ésta última en cuanto a la responsabilidad civil que pudiera tener como partícipe a título lucrativo.

Como se recordará, Rafael Gómez fue condenado en el caso Malaya por un delito de cohecho activo y se le impuso la pena de seis meses de prisión, sustituida por multa de 12 meses con cuota diaria de diez euros, en total 3.600 euros, y una multa de 150.000 euros, en este caso con la fijación de un calendario de pago.

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