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Gana un juicio a Aucorsa y dona el dinero a la familia del niño saharaui que acoge en verano

César y Anabel.

Alejandra Luque

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César y Anabel nunca antes habían participado en el programa Vacaciones en Paz de la Asociación Cordobesa de Amistad con los Niños y Niñas Saharauis, hasta el año 2017. Tras ver un cartel sobre este programa en un autobús de Aucorsa, César le comentó a su pareja que podría ser buena idea vivir esa experiencia. Accedieron y acogieron a Bel La Mohamed, un niño de diez años que tuvo que ser hospitalizado para una operación de urgencia. César,  conductor de Aucorsa, tuvo que pedir tres días de permiso en su empresa, que le fueron concedidos bajo la condición de recuperarlos en sus días de descanso. El trabajador mostró su disconformidad y tras ganar el juicio a la empresa municipal ha donado todo el dinero a la familia del menor.

La pareja, que tiene dos niños, acogió a Bel La entre el 28 de junio y el 27 de octubre de 2017, un período más largo que el comprendido para el programa Vacaciones en Paz motivado por la operación quirúrgica. Según explican desde Aucorsa, “comprometida con la causa saharaui, el trabajador no tenía derecho al permiso retribuido ya que no está recogido como tal”. Por ello, la empresa “le ofreció los días libres que necesitara para la operación del menor”, lo que, en un principio, “fue aceptado por el trabajador”. Sin embargo, Anabel cuenta que el permiso retribuido fue denegado “por no tratarse de una acogida permanente”, decisión que no fue entendida por la pareja ya que “aunque es cierto que es una acogida temporal, Mohamed es uno más en la casa” y todos los documentos relativos al niño, tanto quirúrgicos como de otra índole, fueron firmados por el matrimonio.

El menor ingresó en el Hospital Reina Sofía el 14 de septiembre de 2017 y recibió el alta el día 16 de dicho mes. Durante esos días, César disfrutó de un permiso no retribuido, tal y como había estipulado Aucorsa, alegando que el convenio colectivo de la empresa “reconoce el derecho al permiso laboral con retribución, entre otros supuestos, por intervención quirúrgica con hospitalización de cónyuge, hijos, padres, suegros”. Ante la inexistencia de este vínculo familiar entre César y Mohamed, Aucorsa declinó la concesión del permiso retribuido.

Sin embargo, el Juzgado de lo Social número 1 de Córdoba señala que “las obligaciones contraídas de velar, asistir en sentido omnicomprensivo de atender temporalmente al menor en todas sus necesidades de índole material, afectiva y moral, constituyen la sustancia de la figura jurídica del guardador de hecho”. De esta forma, el tribunal equipara las funciones de César y Anabel a las que ejerce el titular de la guarda y custodia de un menor durante una acogida permanente.

La sentencia cuestiona, además, el carácter limitado del artículo 28 del convenio colectivo, que “contempla unos vínculos familiares demasiado restringidos en comparación a las múltiples situaciones que existen en la realidad social y que comportan el ejercicio de derechos/deberes perfectamente asimilables a los inherentes al ejercicio de la patria potestad”. Por ello, Aucorsa ha indemnizado con 219 euros a César, cantidad que tanto él como Anabel han destinado a la familia de Mohamed. Según cuenta la mujer, “una parte del dinero se ha dedicado a la compra de alimentos, que serán enviados a través de Acansa”. Aunque el menor solicitó un medicamento -envío que no puede efectuarse dado su prohibición-, el resto del montante también repercutirá en la familia, que podrá adquirir varias cabras, “de las que aprovecharán la leche y que luego sacrificarán para la fiesta del cordero”.

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