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¿De quién es la Mezquita? Primer debate jurídico de distintos puntos de vista y entre columnas

La mesa del debate | ÁLEX GALLEGOS

Alfonso Alba

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Por primera vez se han escuchado en una sala de columnas los argumentos jurídicos, a favor y en contra, de que la Mezquita Catedral de Córdoba es o no es propiedad de la Iglesia Católica. El Foro Arjona y Cubas de la Real Academia de Córdoba ha logrado sentar en un salón repleto de público a cuatro expertos jurídicos para discutir sobre la titularidad de la Mezquita de Córdoba. El ex director general, letrado de la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, Francisco Javier Gómez Gálligo; la profesora de Derecho Eclesiástico del Estado de la Universidad de Córdoba Amelia Sanchís Vidal; el catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla Luis Humberto Clavería Gosálbez, y el secretario general del Pleno del Ayuntamiento de Córdoba, Valeriano Lavela, debatieron con un aluvión de argumentos jurídicos un caso que desde hace ya un lustro ocupa portadas de periódicos de todo el mundo. ¿De quién es la Mezquita de Córdoba?

El Cabildo Catedralicio de Córdoba inmatriculó el monumento en el año 2006, amparado por una Ley Hipotecaria reformada durante el Gobierno de José María Aznar y derogada y modificada, pero sin carácter retroactivo, por otro Ejecutivo del PP, esta vez dirigido por el expresidente Mariano Rajoy. Esos son los hechos de un debate jurídico que ha despertado un enorme interés. Tanto que un salón repleto de público, tanto a favor como en contra de la inmatriculación (al que acudió hasta el exalcalde de la ciudad Julio Anguita), desafió a la contraprogramación de todo un Barça-Madrid.

El debate arrancó con una pequeña presentación de cada uno de los ponentes, a la que sucedió un largo discurso repleto de alusiones jurídicas que reforzó sus posturas, pero que no las acercó. De un lado, Amelia Sanchís y Valeriano Lavela. De otro, Luis Humberto Clavería y Francisco Javier Gómez Gálligo. Pero cada uno de los cuatro, con matices también.

Valeriano Lavela es secretario del Pleno del Ayuntamiento de Córdoba y autor de un famoso informe jurídico que revolucionó muchas de las tesis jurídicas sobre el asunto. Lavela defendió su informe, al que añadió un nuevo concepto. “La Iglesia tiene que seguir siendo la titular registral pero como custodia de este bien. Es poseedora pacífica, legítima y en el concepto del título del bien”, pero “una cosa es el titular dominical y otra el titular registral”, sostuvo. Lavela citó al derecho romano para asegurar que su máxima de propiedad, citó en latín, hacía al ciudadano ser dueño de algo “desde los cielos hasta los infiernos”. Pero que “en el dominio público esa propiedad no le pertenece a nadie en concreto”.

Mientras, la profesora Amelia Sanchís sostuvo su tesis en que en todo el proceso de inmatriculación se han producido “intervenciones muy complejas” para “resolverlas desde un único prisma”. De hecho, y como novedad, sostuvo que en el debate apenas si se ha citado “el derecho eclesiástico”. “Lo he echado mucho de menos”, aseguró, aludiendo a la “laicidad positiva” y citando también de una manera notable los acuerdos entre el Estado y la Santa Sede que, dijo, “tienen naturaleza internacional”. Y es ahí donde, dijo, está el debate.

“Tengo muchas dudas en mi vida pero jamás dudé de este asunto”, arrancó Luis Humberto Clavería Gosálbez. “Tras examinar el Código Civil, las leyes de patrimonio del Estado, la ley de patrimonio de Andalucía... por ningún lado he visto la posibilidad de que un templo católico aunque fuera la Mezquita fuera de dominio público”, dijo, para preguntarse: “¿Hay alguna persona física o jurídica que en los últimos 30 años haya poseído el templo? Evidentemente sí. Ya está. No hay que remontarse a Fernando III”, zanjó.

Por su parte, Francisco Javier Gómez Gálligo insistió en que “ni la Administración del Estado ni la local inscribieron a su favor la Mezquita de Córdoba. Nunca había sido titularidad del Estado”, por tanto. Gómez Gálligo consideró que “la inmatriculación está bien planteada”, que “es constitucional” y que “está sometida a derecho”. Además, centró gran parte de su intervención en defender que la ley hipotecaria “no es franquista” sino que arranca en el siglo XIX, en la época final de las desamortizaciones.

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