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Un juez tumba la reclamación de la plaza del Pocito porque no la aprobó el Pleno

Protesta ciudadana en la plaza del Pocito que exigía su devolución | ÁLVARO CARMONA

Alfonso Alba

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El titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Córdoba le ha dado la razón al Cabildo Catedralicio y ha tumbado el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Córdoba por el que se declararon de “titularidad pública” los casi 2.500 metros cuadrados de la plaza que el Cabildo inmatriculó en 1987. En julio del año pasado, el Cabildo anunció que acudía a los tribunales después de la decisión municipal, que rechazó el recurso que inicialmente interpuso la organización religiosa y que fue resuelto, negativamente para sus intereses, en septiembre del año pasado.

Según el auto del juez, al que ha tenido acceso este periódico y que ha sido avanzado por la edición local del diario ABC, sostiene que la Junta de Gobierno Local no era el órgano competente para considerar de titularidad pública la plaza del Pocito y que la decisión la debía haber tomado el Pleno del Ayuntamiento. Por ello, el juez ha anulado la decisión municipal. Contra el auto cabe recurso y se espera que los servicios jurídicos del Ayuntamiento lo presenten.

Tras inmatricular en el Registro de la Propiedad la iglesia de La Fuensanta y otros elementos de la plaza, incluido el espacio de la misma en su conjunto, el máximo órgano de la Catedral subrayó en sus alegaciones que dos lápidas instaladas en el altar de la iglesia en 1641 hacen referencia a una posesión que se remonta a 1420. También rechazaron que en la zona pasase un camino público e histórico, como ha argumentado el Ayuntamiento en varios informes. Así, señala que el camino al que se hace referencia estaba más hacia el río Guadalquivir. Todos estos argumentos están ahora en manos del juez, que será el que tenga que decidir.

En 1987, la Iglesia inscribió a su nombre la iglesia de La Fuensanta y parte de la plaza, según ha constatado el Registro de la Propiedad. En 2014, en el mandato anterior, el Ayuntamiento decidió iniciar los trámites para reclamar la titularidad de esta plaza después de recibir un informe elaborado por técnicos de la Gerencia Municipal de Urbanismo. El Servicio de Planeamiento concluyó que, “conforme con las determinaciones del PGOU-01, los espacios libres de la Plaza del Santuario de la Fuensanta pertenece al suelo urbano consolidado, hallándose calificado como Parques y jardines públicos, y tiene, como antecedente, la calificación establecida por la revisión de 1986 del mismo planeamiento General, que destina los terrenos no edificados de la Plaza del Santuario de la Fuensanta a viario público, acompañándose unos planos de 1928, acreditativos del destino al uso público de la zona aledaña a la iglesia de La Fuensanta”, según consta en el informe que a su vez ha elaborado la asesoría jurídica municipal.

De la información remitida por la Gerencia Municipal de Urbanismo, continúa la asesoría jurídica, “y contrastando la inscripción catastral citada con los planos tanto del Plan General, como los citados de 1928, se desprende que a nombre del Cabildo Catedral se han inscrito, además de las edificaciones destinadas al culto religioso, la vivienda y el Pozo, los espacios libres existentes entre ellos y que, según todos los indicios, forman parte de la Plaza de Nuestra Señora de la Fuensanta, como se deduce, asimismo, de la propia inscripción de la finca en el Registro cuando se señala que linda con la Plaza ‘donde recae su fachada’, espacios estos que tiene la consideración de dominio público y que ininterrumpidamente han sido destinados al uso público”. El informe asegura que “existe por ello una notable discrepancia entre lo inscrito y catastrado y el dominio público local”.

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