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El TSJA ratifica la sentencia que llamaba “burros” a los políticos

Fachada del Ayuntamiento | MADERO CUBERO

Alfonso Alba

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Un juez de lo Social de Córdoba firmó un polémico escrito por la suspensión de empleo y sueldo de un trabajador del Instituto Municipal de Deportes al que ahora habrá que indemnizar

La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia dictada por el titular del Juzgado de lo Social número 2 de Córdoba, Manuel Oteros, en la que llamaba “burros” a los políticos. Esta sentencia, ahora ratificada, anulaba el despido disciplinario (suspensión a tres años de empleo y sueldo) del ex jefe de Servicio del Instituto Municipal de Deportes de Córdoba (Imedco), Rafael Bocero.

La dirección del IMD tomó la decisión de suspender de empleo y sueldo a Bocero por una falta muy grave, al considerar cómo fue el proceso de las obras de construcción de un campo de fútbol en Cerro Muriano en el año 2011, en la Corporación anterior con Alfonso Igualada (IU) en la presidencia. Según estimó entonces la dirección del Imdeco, Bocero había redactado un proyecto sin presentar documentos necesarios para ello y luego adjudicó las obras a unos precios que a juicio del IMD se contradecían con lo que se había negociado la constructora adjudicataria.

El juez, en su más que polémica sentencia, llamaba “burros” a “los políticos todos”. “Obligación de los burros (entiéndase con todos los respetos para con los equinos), en este caso los políticos todos, hubiera sido cumplir lo pactado”, afirmaba, al tiempo que el magistrado aseguraba que se refería a los problemas que hubo entre la Junta y el Ayuntamiento (el Gobierno andaluz financiaba el 50% de unos trabajos que pese a aprobarse en un pliego de condiciones en el año 2009 no fue hasta marzo de 2011 cuando se pudieron iniciar, tras múltiples advertencias del Ejecutivo regional), era “lograr la financiación para la obra de forma coordinada entre la Junta y el Ayuntamiento dentro de los plazos que se habían previsto”.

El Ayuntamiento de Córdoba decidió recurrir la sentencia a través de la asesoría jurídica. En concreto, presentó un “recurso de suplicación” acusando al juez de falta de parcialidad, ya que en la sentencia se autodenominaba como “un indignado más”. La Sala de lo Social del TSJA ha desestimado el recurso por defectos de forma, al considerar que debería haberse presentado de otro modo. No obstante, los jueces del TSJA afirman que “la sentencia está debidamente motivada”.

El juez de Córdoba, que dictó su primera sentencia a principios del año 2013, consideraba que Bocero no era sino una víctima del desacuerdo entre el Ayuntamiento y la Junta, y para demostrarlo utilizó un curioso símil equino: “Se cumple el proverbio que dice que cuando se pelean los burros, y eso es lo que da la impresión a este juzgador, que lo burros se han peleado y paga el arriero, que en este caso no es otro que el empleado público”.

El magistrado admitía en su sentencia que “quizás” se estaba extralimitando en los términos, a pesar de que en la misma no deja de llamar burros a los políticos. De esta manera, en la justificación exculpatoria de Bocero aseguraba que el gran hándicap para el trabajador se dio “cuando cambiaron los burros” tras las elecciones de 2011. Entonces, Bocero “el arriero” no sólo no recibe las explicaciones oportunas sino que se lleva “los palos” que a juicio del magistrado se iban a dar entre ellos los burros.

El juez culpaba de “candidez” e “ingenuidad” a Bocero, al considerarle que no fue responsable del desacuerdo entre el Ayuntamiento y la Junta para el desarrollo de las obras de Cerro Muriano. Según el magistrado, fue este empleado público el que intentó impulsar los trabajos. El juez ordenó que este trabajador vuelva al Instituto Municipal de Deportes y revocó todas las faltas de que le acusaban.

Ahora, el Ayuntamiento tendrá que readmitir al trabajador y además pagar las costas del proceso judicial, valorado en 600 euros. La asesoría jurídica del Ayuntamiento asegura que sigue habiendo una puerta abierta para presentar un nuevo recurso de casación, pero sugiere que no se haga ante las altas posibilidades de que acabe perdiéndose, una vez más, el litigio.

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