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¡Resistir, resistir, resistir!

Antonio Manuel Rodríguez

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Soy docente y jurista. Mi profesión consiste en aprender y enseñar que la ley debe ser la fuerza de los débiles. Nuestra garantía frente a las injusticias del poder político, económico e ideológico. La ley no es la puerta que nos cierran en las narices para excluirnos de sus decisiones, sino la llave maestra que la abre aunque cambien de cerradura. De entre las muchas normas que he leído en mi vida, la más luminosa no fue redactada por un político en ningún parlamento. Lo hizo un jornalero con faltas de ortografía durante la dictadura de Primo de Rivera. Se trata del art. 2 del Reglamento del Ateneo Popular de Almodóvar del Río, y dice así: “Cuando en la vida colectiva se cometa una arbitrariedad por parte de los poderes públicos contra el inviolable derecho de gentes o contra la libre emisión del pensamiento, esta entidad deberá hacer pública su disconformidad por el medio que estime más oportuno, por cuanto el silencio ante el atropello cometido equivale a la tácita conformidad con el mismo”. Aquel joven anarquista elevó el deber cívico de resistencia a rango de ley. Algo que no hemos sido capaces de conseguir en la mayoría de las democracias occidentales. Lo más desolador es que donde sí lo hicieron, como Portugal o Grecia, sólo ha servido para demostrar que el papel no resiste el peso de millones de deuda, por muy constitucional que sea.

Pudiera parecer contradictorio que quien desobedece o resiste al poder encuentre protección en el ordenamiento contra el que se rebela. Yo no lo creo así. El art. 20.4 de la Grundgesetz establece que “todos los alemanes tienen el derecho de resistencia contra cualquiera que intente eliminar este orden cuando no fuera posible otro recurso”. El democratísimo art. 21 del Proyecto de Constitución francesa de la Cuarta República (1946) decía que “cuando el gobierno viola la libertad y los derechos garantizados por la Constitución, la resistencia en cualquier forma es el más sagrado de los derechos y el más categórico de los deberes”.  Esta norma fue rechazada al igual que el art. 50.2 del proyecto constitucional italiano: “Cuando los poderes públicos violen las libertades fundamentales y los derechos garantizados por la Constitución, la resistencia a la opresión es derecho y deber del ciudadano”.

La imposibilidad de invocar constitucionalmente el derecho-deber de resistencia coloca a los disidentes al margen o contra la ley. Reducidos a radicalidad o a la nada. Ahí está la trampa. Y la mentira. Estamos asistiendo indefensos a un proceso de desmantelamiento constitucional de los derechos fundamentales del ciudadano, degradado a simple consumidor con o sin empleo. De un lado, como explica Bobbio, el poder político ha pasado a ser un subsistema de un sistema global dependiente de los poderes económico e ideológico. No conocemos las caras de quienes nos someten, ni las sedes desde donde nos tiranizan. Y de otro, estos poderes han logrado que una amplia mayoría social lo consienta con la coartada de que vivimos en democracia. Para eso tenemos a los jueces, a los defensores del Pueblo y a toda la burocracia garantista del Estado de Derecho. Pero todo tiene un límite. Somos los ciudadanos quienes tenemos que defendernos del poder cuando emplea las leyes para matar a pedazos la propia Constitución como garantía de los débiles. A esta actitud la llama Ermanno Vitale “resistencia constitucional”.

Por muy legal que sea, no podemos consentir ataques tan burdos a la separación de poderes como que el presidente de nuestro máximo tribunal de garantías fuera militante del partido que nos gobierna y dicte los artículos de la infame reforma laboral. Por muy legal que sea, no podemos consentir que los procesos de elección de presidentes de gobiernos se salten el refrendo básico de las urnas. Por muy legal que sea, no podemos consentir más recortes y privatizaciones en derechos y bienes fundamentales, especialmente contra migrantes, estudiantes, mujeres, dependientes, desempleados... Nuestra Constitución es imperfecta. Sin duda. Seré el primero en acudir a la trinchera cuando seamos llamados a las filas de su reforma. Pero coincido con Ferrajoli en que el “constitucionalismo”  es el punto más elevado del progreso moral y civil que la Humanidad haya logrado traducir en derecho positivo hasta nuestros días. Y el constitucionalismo es la línea roja que todas y todos debemos impedir que sigan cruzando impunemente el poder económico, ideológico y político, en ese orden. Porque son ellos quienes lo están reduciendo a la anemia utilizando como arma y excusa la propia constitución.

Por eso apoyo sin reservas el ejercicio de la resistencia no violenta como método para denunciar los atropellos que se cometen contra los más débiles en el nombre de la ley. Cuando Thoureau se negó en 1846 a pagar impuestos como protesta a la guerra de conquista contra México, estaba incumpliendo la ley. Cuando Rosa Parks fue arrestada en 1955 por negarse a desocupar un asiento reservado a los blancos, estaba incumpliendo la ley. Cuando las mujeres de la Corrala Utopía ocupan un edificio vacío que no cumple su función social, está incumpliendo la ley. Y cuando Cañamero y el SAT hace lo propio con una finca infrautilizada, está incumpliendo la ley. Pero todos son ejercicios legítimos de “resistencia constitucional”. Aunque ni la misma constitución los defienda.

PD.- Aquel joven anarquista terminó siendo el último alcalde republicano de su pueblo que es el mío. Desapareció en el frente de Pozoblanco durante la guerra civil. Pero su hermoso artículo sigue vigente en los estatutos de los Ateneos de Andalucía.

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