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El juez le deniega el tercer grado a Sandokán

Llegada de Rafael Gómez a la prisión de Córdoba | MADERO CUBERO

Redacción Cordópolis

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El juez de Vigilancia Penitenciaria le ha denegado el tercer grado a Rafael Gómez Sánchez, alias Sandokán, según confirman fuentes judiciales y ha avanzado el diario ABC. El empresario, constructor y ex concejal de UCOR fomalizó su petición el pasado 30 de abril a través de su abogada, y alegó cuestiones de salud. El juez rechaza sus argumentos y Gómez seguirá en prisión.

El auto del juez, firmado el pasado martes, considera que Gómez no reúne las condiciones para pasar al tercer grado. Así, ha sido examinado su estado de salud y se considera que no es grave. También se detalla que no cumple los requisitos como el haber pasado ya la mitad o tres cuartos de la condena en la cárcel y que dejarlo en semilibertad supondría un agravio comparativo con otros presos.

Gómez cumple condena desde el pasado mes de diciembre. Está condenado a cinco años de cárcel por un delito fiscal continuado. Con la ley en la mano, podría acogerse a beneficios penitenciarios por buen comportamiento a partir de que hubiese cumplido al menos un tercio de la condena, es decir, dentro de un año. Sin embargo, Rafael Gómez alega motivos de salud. Desde que ingresó en el centro penitenciario de Alcolea está ingresado en el módulo de Enfermería, por su edad y por sus problemas de salud que ya arrastraba antes de entrar en la cárcel.

El Tribunal Constitucional (TC) inadmitió a trámite el recurso de amparo presentado por la defensa del empresario contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba por la que está en la prisión cumpliendo la pena de cinco años y tres meses de cárcel tras el fallo que también le condena a una multa de cerca de 112 millones de euros, al tiempo que está pendiente del indulto solicitado, que ha de resolverse en el plazo máximo de un año.

En este caso, el juez del Penal número 3, Miguel Ángel Pareja, ha explicado en un auto que “la edad del penado y su condición física, a la vista de la documental e informes médicos presentados, deberán ser tendidas en cuenta y valoradas, en su caso, en el ámbito del tratamiento penitenciario”.

La sentencia

La sentencia, confirmada por la Audiencia de Córdoba, consideró probado que el empresario cometió dos delitos, ambos en 2006. El primero a través de Arenal 2000, al dejar de ingresar a Hacienda 25,5 millones reduciendo la factura fiscal. El segundo, a través de Arenal 2001, siendo la cantidad defraudada de 3,2 millones y con un método similar.

En la resolución se subraya que “quien realmente tomaba las decisiones y llevaba las riendas del grupo era Gómez, mientras que su esposa e hijos eran meros empleados del entramado empresarial”, estimando que “realmente no tenían conocimiento de la marcha y decisiones de las empresas del grupo, limitándose a firmar los documentos que se le ofrecían”.

Así, aunque el Ministerio Público pidió 40 años de cárcel para Gómez por diez delitos y 19 años y tres meses para sus hijos por otros siete delitos, el juez dejó las penas para el empresario en algo más de cinco años y absolvió a los hijos y la mujer, a ésta última en cuanto a la responsabilidad civil que pudiera tener como partícipe a título lucrativo.

Como se recordará, Rafael Gómez fue condenado en el caso ‘Malaya’ por un delito de cohecho activo y se le impuso la pena de seis meses de prisión, sustituida por multa de 12 meses con cuota diaria de diez euros, en total 3.600 euros, y una multa de 150.000 euros, en este caso con la fijación de un calendario de pago.

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