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Hotusa tendrá que devolver una subvención de casi un millón por un hotel en Córdoba

Manifestación junto a uno de los hoteles de la cadena Hotusa en Córdoba | TONI BLANCO

Carmen Reina

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El Tribunal Supremo ha fallado en una sentencia contra Hotusa (Hoteles Turísticos Unidos S.A.), que recibió una subvención pública por parte del Gobierno en el año 2009 para la construcción y explotación del hotel Casas de Córdoba con la condición de que creara y mantuviera 15 puestos de trabajo.

La subvención, a fondo perdido, ascendió a 947.821,57 euros y, entre los requisitos de la misma estaba mantener por un período mínimo de dos años los puestos de trabajo en los términos que figuraban en la convocatoria por la que el proyecto de su hotel en Córdoba obtuvo a la ayuda pública. La inversión que necesitaba la empresa era de más de cinco millones de euros.

La sentencia del Tribunal Supremo, a la que ha tenido acceso este medio, falla contra Hotusa, después de que esta recurriera el fallo dictado a este respecto por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 2 de junio de 2014. En la sentencia se da cuenta de que, por Orden Ministerial de 15 de junio de 2009, se había concedido a Hotusa la citada subvención, un incentivo “sujeto a una serie de condiciones particulares”.

Una de esas condiciones era que la empresa quedaba “obligada a crear 15 puertos de trabajo en el establecimiento que es objeto de este proyecto y a mantenerlos hasta el fin del plazo de vigencia”. Podían ser contratos indefinidos, por jornada completa y a tiempo parcial, contratos de fijo discontinuo, contratos para el fomento de la contratación indefinida, o contratos formativos.

Hotusa, sin embargo, alegó que sufrió en 2010 una reestructuración y reordenación del grupo empresarial -dividiéndolo en tres unidades- y que la condición de mantener ese número de puestos de trabajo sería exigible y se redistribuiría entonces entre estas.

Sin embargo, el Tribunal Supremo cree que Hotusa “procedió de modo unilateral y sin previa comunicación administrativa a alterar la estructura societaria y a convertir la sociedad originaria, titular de la subvención, en tres diferentes entidades”, con lo que no respetó los requisitos por los que obtuvo la subvención pública.

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