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El claustro aprueba la modificación del Reglamento Electoral de la Universidad

Fachada del Rectorado de la Universidad de Córdoba | MADERO CUBERO

Redacción Cordópolis

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El claustro de la Universidad de Córdoba (UCO), reunido este lunes en sesión extraordinaria, ha aprobado la modificación del Reglamento Electoral, en virtud de lo dispuesto en los nuevos Estatutos de la institución, nueva norma que ha sido aprobada con un total de 181 votos a favor, lo que supone el respaldo de la totalidad de los votos emitidos.

Según ha indicado la institución académica en una nota, el rector, José Carlos Gómez Villamandos, ha señalado en su intervención que la aprobación por parte del claustro del nuevo reglamento “obedece a la entrada en vigor de los nuevos estatutos de la UCO y la necesidad de adaptar toda la normativa vigente a los nuevos preceptos marcados por la norma estatutaria”.

Dentro de ese proceso, una de las adaptaciones que requería mayor urgencia era la normativa electoral, debido a la celebración permanentemente de procesos electorales tanto a órganos colegiados como a órganos unipresenciales. El hecho de que la modificación del reglamento venga propuesta por el Consejo de Gobierno obedece a la modificación estatutaria que marca que la misma deba ser aprobada por el claustro y es un paso necesario “que permite unas reglas de juego estables en los distintos procesos electorales que hay en la Universidad”, según el rector.

La presidenta de la comisión electoral y vicerrectora de Relaciones Internacionales de la Universidad de Córdoba, Nuria Magaldi, ha explicado que los cambios introducidos responden a una adaptación técnico jurídica del reglamento a los nuevos estatutos. Entre los aspectos que han variado, Magaldi ha citado la modificación de los sectores de pertenencia a efectos de censo y de votación tanto en las elecciones a rector y claustro, junta de centro y director o decano o elecciones a representantes de los distintos colectivos en consejo de Departamento.

El nuevo reglamento establece la distinción de profesorado doctor con vinculación permanente o profesorado no doctor. También se han modificado normas en materia de delegación de competencias, se ha establecido regulación electoral en los consejos de doctorandos de la universidad y de los institutos universitarios de investigación y se ha establecido la celebración conjunta de las elecciones a junta de centro y de decano o director.

Junto a ello se ha procedido en algunos casos a clarificar la redacción de algunos preceptos, mejoras de estilo, y a regular algunas cuestiones que no estaban bien resueltas o reguladas en el texto anterior. Entre ellas, se ha concretado que el estudiante que pertenece a la comisión electoral tiene un mandato de una duración de un año, regulado las competencias electorales de secretarios de centro y de departamento, habilitado a la comisión electoral para que se adopten diversas medidas y establecido diversas regulaciones.

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