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El Pleno vuelve a aprobar que la plaza de La Fuensanta es del Ayuntamiento

Expediente antes de su aprobación por el Pleno | MADERO CUBERO

Alfonso Alba

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Tras el revés judicial que anuló todo el proceso anterior, el Ayuntamiento de Córdoba aprobó este martes el procedimiento para revertir la inmatriculación de la plaza de La Fuensanta por parte del Cabildo Catedralicio. En enero, el Consistorio reinició el expediente, tumbado por un juez. Nuevamente, el Cabildo presentó alegaciones. Ahora, el Pleno ha tumbado las alegaciones de nuevo y ha declarado que la plaza del Pocito en La Fuensanta es del Ayuntamiento.

En diciembre del año pasado, el titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Córdoba le dio la razón al Cabildo Catedralicio y tumbó el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Córdoba por el que se declararon de “titularidad pública” los casi 2.500 metros cuadrados de la plaza que el Cabildo inmatriculó en 1987. En julio del año 2015, el Cabildo anunció que acudía a los tribunales después de la decisión municipal, que rechazó el recurso que inicialmente interpuso la organización religiosa y que fue resuelto, negativamente para sus intereses, en septiembre del 2015.

Ahora, el Ayuntamiento retoma el expediente, y ha hecho lo que le pedía el juez, que fuese el Pleno el que tomase la decisión y no la Junta de Gobierno. El juez anuló todo el proceso por hallar un defecto de forma en la tramitación del mismo. El magistrado no entró en el resto de las alegaciones presentadas por el Cabildo. Está previsto que ahora sí que lo haga.

En 1987, la Iglesia inscribió a su nombre la iglesia de La Fuensanta y parte de la plaza, según ha constatado el Registro de la Propiedad. En 2014, en el mandato anterior, el Ayuntamiento decidió iniciar los trámites para reclamar la titularidad de esta plaza después de recibir un informe elaborado por técnicos de la Gerencia Municipal de Urbanismo. El Servicio de Planeamiento concluyó que, “conforme con las determinaciones del PGOU-01, los espacios libres de la Plaza del Santuario de la Fuensanta pertenece al suelo urbano consolidado, hallándose calificado como Parques y jardines públicos, y tiene, como antecedente, la calificación establecida por la revisión de 1986 del mismo planeamiento General, que destina los terrenos no edificados de la Plaza del Santuario de la Fuensanta a viario público, acompañándose unos planos de 1928, acreditativos del destino al uso público de la zona aledaña a la iglesia de La Fuensanta”, según consta en el informe que a su vez ha elaborado la asesoría jurídica municipal.

De la información remitida por la Gerencia Municipal de Urbanismo, continúa la asesoría jurídica, “y contrastando la inscripción catastral citada con los planos tanto del Plan General, como los citados de 1928, se desprende que a nombre del Cabildo Catedral se han inscrito, además de las edificaciones destinadas al culto religioso, la vivienda y el Pozo, los espacios libres existentes entre ellos y que, según todos los indicios, forman parte de la Plaza de Nuestra Señora de la Fuensanta, como se deduce, asimismo, de la propia inscripción de la finca en el Registro cuando se señala que linda con la Plaza ‘donde recae su fachada’, espacios estos que tiene la consideración de dominio público y que ininterrumpidamente han sido destinados al uso público”. El informe asegura que “existe por ello una notable discrepancia entre lo inscrito y catastrado y el dominio público local”.

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