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Absuelta una madre acusada de maltrato al recoger a su hijo en el régimen de visitas

Audiencia Provincial | MADERO CUBERO

Manuel J. Albert

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El juzgado de lo Penal 5 de Córdoba ha absuelto a una madre de maltratar a su hijo en el momento en el que iba a recogerlo a casa del padre, donde reside el menor habitualmente. La magistrada no observa indicios de que se produjese ninguna agresión a pesar de que el Ministerio Fiscal llegó a solicitar seis meses de cárcel para la progenitora por coger del brazo al niño.

La titular afirma que por el relato de los hechos y las pruebas practicadas le surgen muchas dudas para acusar a la mujer, defendida por el letrado Marcos Santiago.

“En el parte de asistencia médica no se objetiviza la existencia de lesión alguna, haciéndose constar en el mismo que el menor presentaba nerviosismo y ansiedad tras verse involucrado en situación de inestabilidad familiar”, señala la sentencia.

La acusada si bien admitió que se personó en el domicilio para recoger a su menor hijo, afirmó en la vista que se personó porque le tocaba recogerlo. Defendió que lo que hizo fue “cogerlo de la mano y el padre, cogerlo del otro brazo y meterlo para adentro, negando que hubiese agarrado fuerte a su hijo, ni que tuviese intención de hacerle daño”, recoge la jueza.

Analizando todo ello, esta juzgadora tiene dudas respecto de la autoría la acusada;“ dudas que no pueden sino determinar su absolución, al no existir ninguna otra prueba de cargo que permita apoyar la versión ofrecida por la acusación”, zanja la sentencia.

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