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Gómez sustituye los seis meses de cárcel de Malaya por 3.600 euros

Rafael Gómez, en uno de sus últimos actos públicos | MADERO CUBERO

Alfonso Alba

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El tribunal ordena que empiece a pagar los 150.000 euros de indemnización que le impuso entre junio y noviembre; si no lo hace, tendrá que entrar en prisión

El tribunal del caso Malaya ha accedido a la petición de la defensa de Rafael Gómez Sánchez, alias Sandokán, a sustituir la condena a seis meses de cárcel por una multa de 3.600 euros. Además, a partir del 30 de junio deberá empezar a pagar la multa de 150.000 euros que le impuso este tribunal, que lo consideró autor de un delito de cohecho. Si Gómez no paga esta sanción (lo podrá hacer hasta noviembre de manera fraccionada) sí que tendrá que responder con la cárcel, según el auto del tribunal, que ha sido divulgado ya por la prensa malagueña.

El 27 de junio de 2006 Rafael Gómez fue detenido por la Policía Nacional en una segunda fase de arrestos dentro de la operación Malaya y trasladado a la Comisaría de Málaga, donde permaneció retenido varios días. Gómez Sánchez entregó, según el tribunal, 600.000 euros a otro de los principales imputados, Juan Antonio Roca, a cambio de conseguir recalificaciones de locales comerciales. Poco después fue puesto libertad tras el pago de la fianza de 300.000 euros impuesta por el juez instructor. En 2008 la Policía Nacional efectuó registros en las instalaciones de algunas de sus empresas y encontró 410 cuadros, aunque el empresario negó que fueran de su propiedad o tuvieran algo que ver con él. A Gómez se le pedían 18 meses por cohecho.

La sentencia, de 3,138 folios, llegó un año después de que el Supremo examinara los recursos de casación. En términos generales, mantiene las penas de la Audiencia Provincial de Málaga, aunque eleva algunas a petición de la Fiscalía.

En su escrito de recurso, y en concreto en el caso de Rafael Gómez, el Ministerio Fiscal reclamó que se le impusiera la pena inicialmente solicitada: 18 meses de cárcel y una multa de 1,2 millones como presunto autor de un delito de cohecho activo.

En su día, octubre de 2013, la Audiencia Provincial de Málaga redujo la petición de cárcel que reclamaba el Ministerio Fiscal al considerar que se había producido una detención irregular. Ante esto, y en su escrito de casación, la acusación pública señaló que este argumento era totalmente novedoso y “por decirlo de una forma no agresiva, altamente irregular” y debía ser corregida por el Alto Tribunal aceptando su recurso de casación. Finalmente, sobre Gómez no pesa el atenuante de detención irregular, aunque tampoco se eleva la condena que ya se le ha impuesto de manera firme.

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